Neobancos en España: qué son, licencia y garantía del dinero
«Neobanco» es un término comercial: lo que decide la protección del dinero es la licencia. Un banco, sea digital o no, está cubierto por un fondo de garantía de depósitos (100.000 € por titular y entidad, en general). Una entidad de pago o de dinero electrónico no capta depósitos: la ley le exige salvaguardar los fondos de sus usuarios.

Qué significa «neobanco»
Neobanco o banco digital se usa para entidades que operan sobre todo desde una app. Las fuentes oficiales consultadas (Banco de España, Fondo de Garantía de Depósitos y BOE) no usan el término: clasifican a las entidades por la autorización que tienen. Esa autorización marca qué pueden hacer con el dinero y qué protección tiene.
El Banco de España explica que captar fondos reembolsables del público, es decir, recibir dinero con el compromiso de devolverlo, solo pueden hacerlo bancos, cajas de ahorros y cooperativas de crédito autorizados. Una app puede ser de un banco o de otra clase de entidad, y desde el móvil no se distinguen.
Qué licencia tiene la entidad y qué protege el dinero
Tipo de entidad | Qué puede hacer con el dinero | Qué lo protege |
|---|---|---|
Entidad de crédito (banco, caja, cooperativa) | Captar depósitos y conceder créditos | Fondo de garantía de depósitos: en general, hasta 100.000 € por titular y entidad según el FGD |
Entidad de dinero electrónico (EDE) | Emitir dinero electrónico; no puede captar depósitos | Salvaguarda de los fondos recibidos (Ley 21/2011) |
Entidad de pago (EP) | Prestar servicios de pago; no puede captar depósitos ni emitir dinero electrónico | Protección de los fondos de los usuarios (art. 21 del Real Decreto-ley 19/2018) |
Entidad de crédito
Es la única que acepta depósitos. Si está adherida a un fondo de garantía y no puede devolver el dinero, el fondo paga hasta el límite. El FGD indica que, en general, cubre los depósitos con devolución garantizada del 100 % del capital: cuentas corrientes, cuentas o libretas de ahorro y depósitos a la vista o a plazo, entre otros. El límite es de 100.000 € por titular y entidad. Más en Fondo de Garantía de Depósitos.
Entidad de dinero electrónico
La Ley 21/2011 define el dinero electrónico como un valor monetario almacenado por medios electrónicos que representa un crédito sobre el emisor y se emite al recibir fondos para hacer pagos. Estas entidades tienen prohibido captar depósitos u otros fondos reembolsables, y la ley dice que el dinero entregado a cambio de dinero electrónico no constituye un depósito. Tampoco pueden pagar intereses: la ley prohíbe conceder intereses u otro beneficio ligado al tiempo que se mantiene el dinero electrónico. El Banco de España añade que no pueden recibir fondos por importe superior al valor monetario emitido.
Su protección es la salvaguarda: la ley les obliga a salvaguardar los fondos recibidos a cambio del dinero electrónico emitido, con el régimen de salvaguarda de la normativa de servicios de pago.
Entidad de pago
El Real Decreto-ley 19/2018 prohíbe a las entidades de pago captar depósitos u otros fondos reembolsables y emitir dinero electrónico, y dice que los fondos recibidos de los usuarios para prestar servicios de pago no son depósitos. Su artículo 21 obliga a proteger esos fondos con uno de dos procedimientos:
- No mezclarlos nunca con fondos de personas que no sean usuarios de servicios de pago y, si al final del día hábil siguiente a su recepción siguen en poder de la entidad, depositarlos en una cuenta separada de una entidad de crédito o invertirlos en activos seguros, líquidos y de bajo riesgo. En caso de concurso de la entidad de pago, los usuarios tienen un derecho absoluto de separación sobre esas cuentas y activos frente a otros acreedores.
- Cubrirlos con una póliza de seguro u otra garantía comparable de una aseguradora o entidad de crédito ajena al grupo, que se hace efectiva si la entidad de pago no puede cumplir con sus obligaciones.
En la práctica, si un banco no puede devolver el dinero, paga un fondo de garantía hasta un importe fijo; el FGD, por ejemplo, se financia con las aportaciones anuales de las entidades adheridas. En una entidad de pago o de dinero electrónico, la protección es una obligación de la propia entidad sobre cómo guarda el dinero.
Una misma app puede tener dos protecciones
Una entidad puede ofrecer varios productos en la misma app y no todos tienen la misma protección. El FGD recuerda, por ejemplo, que la garantía de valores es independiente de la de los depósitos en dinero, y que no cubre la pérdida de valor de mercado de los títulos. Por eso, ante cualquier producto de una app, conviene preguntarse a quién se ha entregado el dinero y bajo qué licencia lo tiene.
Sucursal, filial o libre prestación: qué fondo aplica
Cuando el banco es extranjero, la forma de operar decide el fondo. El Banco de España distingue tres: filial (sociedad española, cubierta por el FGD), sucursal en España de una entidad de la UE (la cubre el fondo de su país de origen) y libre prestación de servicios sin establecimiento en España (si la entidad es de la UE, también el fondo del país de origen). El desarrollo está en ¿es seguro un banco extranjero que opera en España?.
El Banco de España señala además que el fondo de otro país de la UE debe ofrecer una cobertura igual a la del FGD. El FGD, por su parte, explica que, si una sucursal en España de una entidad de la UE no puede devolver el dinero, tramita los pagos en nombre del fondo del país de la entidad. La normativa europea obliga a ambos fondos a colaborar para causar la menor disrupción posible al depositante.
Entidades dadas de alta en esta web
Los datos de la tabla salen de las fichas de cada entidad en esta web y se han contrastado con el listado del FGD a 21/09/2026. «No figura» significa que no aparece en ese listado.
Entidad | Tipo | Fondo de garantía | Listado del FGD |
|---|---|---|---|
Sucursal en España de banco alemán (código 1563) | Alemania, EdB | Figura como sucursal comunitaria | |
Sucursal en España de banco alemán (código 1586) | Alemania, EdB | Figura como sucursal comunitaria | |
bunq | Sucursal en España de banco neerlandés (código 1576) | Países Bajos, DNB | Figura como sucursal comunitaria |
Libre prestación de servicios, banco sueco | Suecia, sistema sueco de garantía de depósitos (según la entidad) | No figura | |
Libre prestación de servicios, banco alemán | Alemania, EdB (según la entidad) | No figura | |
Banco español (código 0229) | España, FGD | Figura como banco | |
Marca de ABANCA Corporación Bancaria (código 2080) | España, FGD | Figura ABANCA, con el alias B100 | |
Banco español (código 1544) | España, FGD | Figura como banco | |
Banco español (código 0073) | España, FGD | Figura como banco | |
Marca de Banco Pichincha España (código 0235) | España, FGD | Figura Banco Pichincha España, con el alias Pibank |
Tres matices sobre la tabla:
- Que Klarna y Scalable Capital no figuren en el listado es coherente con que operen sin sucursal: el buscador recoge entidades españolas y sucursales, no a las que prestan servicios desde fuera. Su fondo es el que cada entidad declara en su web: Klarna, el sistema sueco de garantía de depósitos; Scalable Capital, en su hoja informativa para depositantes, la Entschädigungseinrichtung deutscher Banken (EdB).
- B100 y Pibank no son entidades aparte. El límite del FGD se aplica a la suma de los depósitos en la entidad con todas sus marcas, según el FGD, de modo que los saldos en B100 y en ABANCA suman para un único límite.
- Revolut no está dada de alta en esta web. El listado del FGD recoge «REVOLUT BANK UAB SUCURSAL EN ESPAÑA» (código 1583) como sucursal comunitaria, con el fondo de Lituania (Indėlių ir investicijų draudimas). Esta guía no ha comprobado qué productos de esa entidad quedan dentro de esa cobertura.
Las fichas de cada entidad están en bancos. Esta tabla no ordena ni recomienda: una licencia o un fondo distintos no hacen mejor ni peor a una entidad.
Cómo comprobar una entidad paso a paso
- Buscar en el contrato o en el aviso legal de la app la denominación social completa y si es «banco», «entidad de pago» o «entidad de dinero electrónico».
- Consultar los Registros de entidades del Banco de España, que permiten comprobar quién puede operar legalmente y en qué tipo de actividad financiera. El propio Banco de España advierte de que no puede informar de la situación financiera de las entidades.
- Si es un banco de otro país de la UE, consultar también la lista de Instituciones Financieras Monetarias del Banco Central Europeo, que enlaza el Banco de España.
- Buscar la entidad en el buscador de entidades adheridas del FGD (fgd.es) o en su listado en formato de datos. Si es sucursal comunitaria, indica el fondo. Si no figura y se trata de un banco extranjero, preguntar a la entidad en qué fondo está: según el FGD, antes de contratar un depósito la entidad tiene que informar del fondo al que está adherida y de sus límites.
- Si no es un banco, localiza qué método de salvaguarda usa. En una entidad de pago, el Real Decreto-ley 19/2018 obliga a hacerlo público y a que figure en el registro especial del Banco de España.
Qué hacer con el límite de 100.000 €
El límite se aplica por titular y entidad. En una cuenta con varios titulares el importe se reparte entre ellos, y las personas solo autorizadas no tienen cobertura. Si se reparte dinero entre entidades distintas, conviene comprobar antes que no pertenezcan a la misma entidad de crédito con varias marcas. Para comparar las condiciones de las cuentas están las cuentas remuneradas y los depósitos de la web, y para el rendimiento, la calculadora de depósitos.
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Términos relacionados
Preguntas frecuentes
¿Un neobanco con IBAN español está cubierto por el Fondo de Garantía de Depósitos español?
No necesariamente. El IBAN no indica el fondo. Si la entidad es una sucursal en España de un banco de otro país de la UE, la cubre el fondo de ese país, y el buscador del FGD muestra cuál. Si es un banco español, la cubre el FGD.
¿Dónde veo si una entidad figura en el listado del FGD?
En el buscador de entidades adheridas de fgd.es. Según el propio FGD, incluye bancos, cajas, cooperativas y sucursales extracomunitarias, además de las sucursales de entidades comunitarias con su fondo. Las entidades que operan en libre prestación de servicios, sin establecimiento en España, no entran en esas categorías.
Fuentes
- Banco de España (Portal del Cliente Bancario): Qué necesita una entidad para operar. Consultado el .
- Banco de España (Portal del Cliente Bancario): Cuáles pueden captar fondos del público y cuáles no. Las Instituciones Financieras Monetarias. Consultado el .
- Banco de España (Portal del Cliente Bancario): Dinero electrónico. Consultado el .
- Banco de España (Portal del Cliente Bancario): Entidades extranjeras en España y la garantía de depósitos (23/09/2019). Consultado el .
- Banco de España: Registros de entidades (datos actualizados a 01/10/2026). Consultado el .
- Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito: Buscador de entidades adheridas. Consultado el .
- Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito: Listado de entidades adheridas en formato de datos (listado a 21/09/2026). Consultado el .
- Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito: Depósitos dinerarios garantizados. Consultado el .
- Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito: Preguntas frecuentes. Consultado el .
- Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito: Cooperación transfronteriza con otros fondos. Consultado el .
- Boletín Oficial del Estado: Real Decreto-ley 19/2018, de servicios de pago (arts. 10 y 21). Consultado el .
- Boletín Oficial del Estado: Ley 21/2011, de dinero electrónico (arts. 1, 8, 9 y 18). Consultado el .
- Klarna Bank AB (publ): Cuentas de ahorro Klarna (sistema sueco de garantía de depósitos). Consultado el .
- Scalable Capital Bank GmbH: Hoja informativa para depositantes (Entschädigungseinrichtung deutscher Banken GmbH). Consultado el .