Renovación automática o manual de un depósito: tipo y aviso
Con renovación automática, el depósito se prorroga solo al vencer, en las condiciones que fije el contrato. El Banco de España advierte de que el tipo suele ser inferior al inicial. Con renovación manual, el titular decide en cada vencimiento y compara ofertas, a cambio de estar pendiente de la fecha. El contrato debe decir cuál de las dos rige.

Diferencias entre Renovación automática y Renovación manual
| Aspecto | Renovación automática | Renovación manual |
|---|---|---|
| Quién decide al vencimiento | Renovación automática: La cláusula de renovación tácita: si el titular no dice lo contrario en el plazo pactado, el depósito se prorroga. | Renovación manual: El titular, en cada vencimiento: renovar, cambiar de producto o retirar el dinero. |
| Tipo que se aplica | Renovación automática: El que resulte de las condiciones pactadas para la renovación; el Banco de España señala que con frecuencia es inferior al que se percibía al constituir el depósito. | Renovación manual: El de la oferta que se elija en ese momento, en la entidad que sea. |
| Aviso previo | Renovación automática: La entidad debe comunicar los términos exactos de la prórroga con antelación razonable o, si así se pactó, en el momento de la prórroga, con posibilidad de deshacerla en un plazo máximo de un mes. | Renovación manual: Si el contrato no prevé prórroga, no hay prórroga que comunicar: el depósito vence. |
| Plazo nuevo | Renovación automática: Igual o distinto del inicial; la información precontractual debe indicarlo de forma expresa. | Renovación manual: El que se contrate de nuevo. |
| Riesgo principal | Renovación automática: Que la fecha de vencimiento pase sin darse cuenta y el dinero quede inmovilizado otro plazo a un tipo peor. | Renovación manual: Que el dinero quede sin colocar entre vencimientos y que el titular se pierda ofertas por no revisarlas a tiempo. |
| Salir después de renovar | Renovación automática: Rige la cancelación anticipada del contrato: debe indicar si se permite y con qué penalización, que no puede superar la retribución devengada hasta esa fecha. | Renovación manual: Igual en cualquier depósito nuevo que se contrate. |
| Garantía | Renovación automática: Fondo de Garantía de Depósitos, hasta 100.000 € por titular y entidad. | Renovación manual: El mismo límite, que se aplica por entidad: cambiar de entidad en cada vencimiento puede repartir el saldo. |
Qué ocurre al vencimiento
Cuando termina el plazo, un depósito a plazo puede hacer dos cosas: devolver el capital más los intereses pactados, o prorrogarse. Lo segundo es la renovación tácita o renovación automática. El Banco de España dice que en los depósitos a plazo fijo es habitual que el contrato la contemple, junto con las condiciones en las que se efectuará. La alternativa es la renovación manual: el depósito no se prorroga y el titular decide qué hacer con el dinero cuando llega la fecha.
La Circular 5/2012 obliga a que la información precontractual indique de forma expresa si el depósito se renueva tácitamente, y a resaltar el plazo y las condiciones aplicables tras la renovación. Es el primer dato que conviene comprobar antes de firmar.
El tipo de la renovación
El Banco de España advierte de que, con frecuencia, el tipo de interés en la renovación tácita es inferior al que se percibía al constituir el depósito. No dice cuánto: depende de lo que fije cada contrato. Con renovación manual, el tipo será el de la oferta que se contrate en ese momento, que puede ser la misma entidad con otro producto o una distinta. Para comparar, el Banco de España remite a la TAE, que refleja el rendimiento efectivo.
El aviso y los plazos
El Banco de España considera que el contrato debe dejar claros los plazos de preaviso antes del vencimiento, el plazo para renunciar a la renovación automática y la forma y el plazo de comunicación. Esos plazos no son iguales en todos los depósitos: los fija cada contrato, y hay que localizarlos en el documento.
Cuando el contrato prevé la prórroga, la Circular obliga a especificar cómo da su consentimiento el cliente y a recoger la obligación de la entidad de comunicar los términos exactos de la prórroga. Esa comunicación se hace con antelación razonable. Solo si se pactó, puede hacerse en el momento de la prórroga, y entonces el cliente puede retrotraer la operación a sus condiciones previas en un plazo máximo de un mes.
Después de renovar
Si se quiere sacar el dinero antes del nuevo vencimiento, rige la cancelación anticipada del contrato. El Banco de España dice que se hace «atendiendo a lo pactado», y la Circular 5/2012 exige indicar si se permite y con qué penalización, que no puede superar la retribución devengada hasta esa fecha. La penalización por cancelación anticipada y la guía cancelar un depósito antes de tiempo explican el cálculo.
Ejemplo numérico hipotético
Escenario hipotético, no previsión ni oferta real. Capital de 15.000 €, depósito a 12 meses con TIN del 2,80 %: 15.000 × 2,80 % = 420,00 €. Al vencer, la renovación automática se haría a un TIN del 1,20 % durante otros 12 meses. Otra oferta disponible ese día pagaría un 2,60 %. Interés simple, sin retención.
Concepto | Renovación automática (1,20 %) | Renovación manual (2,60 %) |
|---|---|---|
Intereses del primer año | 420,00 € | 420,00 € |
Intereses del segundo año | 180,00 € | 390,00 € |
Total en dos años | 600,00 € | 810,00 € |
La diferencia en el segundo año es de 210,00 €. Los tipos son inventados y el ejemplo no indica qué hará ninguna entidad. Pueden darse casos contrarios: una renovación a un tipo igual o mejor que el de otras ofertas. Para probar otras cifras está la calculadora de depósitos.
Riesgos y ventajas
La renovación automática ahorra gestiones y evita que el dinero quede sin colocar entre un vencimiento y otro. Su riesgo es dejar pasar la fecha y quedar atado a otro plazo a un tipo peor. La renovación manual exige apuntar la fecha, revisar ofertas y gestionar el cambio, y a cambio permite elegir el tipo y el plazo cada vez. Si se cambia de entidad en cada vencimiento, el saldo se reparte entre entidades y el límite de 100.000 € del Fondo de Garantía de Depósitos se aplica por titular y entidad.
Qué comprobar en el contrato
- Si hay renovación tácita, el plazo y el tipo o el mecanismo para fijarlo.
- Cuántos días antes del vencimiento hay que avisar para no renovar, y por qué vía.
- Cómo y cuándo comunica la entidad las nuevas condiciones, y si se puede deshacer la renovación.
- La penalización por cancelar tras renovar.
Para ver ofertas, están los depósitos.
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Términos relacionados
Preguntas frecuentes
¿Puedo deshacer una renovación que ya se ha producido?
Si el contrato prevé que la entidad comunique las nuevas condiciones en el momento mismo de la prórroga, la Circular 5/2012 obliga a dar al cliente la posibilidad de retrotraer la operación a sus condiciones previas en el plazo máximo de un mes. En otros casos hay que mirar lo que diga el contrato, incluida la cancelación anticipada pactada.
Fuentes
- Banco de España (Portal del Cliente Bancario): Depósitos a plazo. Renovación. Consultado el .
- Banco de España (Portal del Cliente Bancario): Depósitos a plazo. Apertura (información precontractual y contrato). Consultado el .
- Banco de España (Portal del Cliente Bancario): Tipo de interés de un depósito a plazo. Consultado el .
- Banco de España (Portal del Cliente Bancario): Depósitos a plazo. Consultado el .
- Boletín Oficial del Estado: Circular 5/2012, de 27 de junio, del Banco de España, sobre transparencia de los servicios bancarios (norma sexta, apartado 2.2; norma décima, apartado 1.d, y norma undécima, apartado 7). Consultado el .
- Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito: Preguntas frecuentes. Consultado el .