Plazo fijo: qué es y cómo funciona un depósito a plazo fijo
En España, un plazo fijo es un depósito a plazo: el dinero queda entregado al banco un periodo cerrado y al vencer se recibe con los intereses pactados. No se puede disponer antes, salvo que el contrato permita cancelar, normalmente con penalización. El FGD cubre, en general, hasta 100.000 € por titular y entidad.

Qué se entiende por plazo fijo
Un plazo fijo es un depósito a plazo. Según el Banco de España, es un producto bancario en el que se entrega el dinero a la entidad durante un plazo determinado y, al finalizar, se obtiene la cantidad entregada más los intereses pactados. El nombre viene de la fecha de vencimiento, que queda fijada en el contrato y que, como regla general, hay que respetar.
A cambio de no poder disponer del dinero durante ese tiempo, el depósito suele ofrecer más rentabilidad que una cuenta a la vista. El Banco de España lo explica así: la mayor rentabilidad responde a la «indisponibilidad» del dinero durante el plazo contratado. Es decir, lo que se paga es la liquidez que se cede. La definición general está en el glosario: depósito a plazo.
El Banco de España distingue dos modalidades:
- Imposiciones a plazo fijo. El capital entregado no sufre fluctuaciones y se retribuye, normalmente, con un tipo de interés fijo. También puede remunerarse con una retribución en especie.
- Depósitos estructurados. Su rendimiento depende de la evolución de algún activo de referencia.
Este texto trata de la primera modalidad, la que se identifica con el plazo fijo corriente. Para comparar ofertas, la guía cómo elegir un depósito a plazo recorre los criterios uno a uno.
Cómo funciona paso a paso
- Información previa. Antes de firmar, la entidad debe entregar gratis información clara, suficiente y no engañosa, con antelación. Entre otros datos, debe incluir la duración, las comisiones y gastos, la retribución, la TAE y el fondo de garantía al que está adherida.
- Contrato. El depósito se abre al formalizarlo, y se puede pedir una copia. Según el Banco de España, el contrato recoge como mínimo el tipo de interés nominal, la TAE, la periodicidad y las fechas de devengo y liquidación de los intereses, la fórmula de liquidación, las comisiones y gastos, la duración y las condiciones de prórroga, los derechos de la entidad para modificar el tipo de interés y los derechos del cliente sobre la cancelación y su coste.
- Plazo. El capital queda inmovilizado hasta el vencimiento.
- Vencimiento. Se recibe el capital más los intereses, o se renueva si el contrato lo prevé (véase más abajo).
TIN y TAE
El tipo de interés lo fija libremente cada entidad. Según el Banco de España, depende de las condiciones del mercado y de su política comercial, y puede ser fijo o variable referenciado a un índice.
El TIN recoge solo la retribución por depositar el dinero; la TAE añade los gastos y comisiones asociados y supone que los intereses se reinvierten al mismo tipo. Si el depósito no tiene comisiones, la diferencia entre ambas depende de cuándo se abonan los intereses: a igual TIN, cuanto más a menudo se abonan, más alta sale la TAE. La comparativa TAE frente a TIN lo detalla y la calculadora de TAE y TIN permite pasar de una a otra.
Vencimiento y renovación
Al terminar el plazo, el depósito se liquida o se renueva. El Banco de España señala que es habitual incluir en los contratos la renovación tácita, es decir, automática, con las condiciones en que se hará. Y destaca tres puntos:
- La información precontractual debe indicar de forma expresa y resaltada si el depósito se renueva al vencimiento, con el plazo y las condiciones que tendrá después.
- Deben estar claros los plazos de preaviso y la forma de renunciar a la renovación.
- Es frecuente que, tras una renovación automática, el tipo de interés sea inferior al que se tenía al constituir el depósito. El Banco de España recomienda estar atento a la fecha de vencimiento para decidir a tiempo.
La entidad también puede dar por terminado un depósito con vencimiento y prórrogas automáticas, si el contrato lo prevé, respetando el preaviso que indique.
Cancelación antes del vencimiento
Sin una cláusula que lo permita, no cabe cancelar por la sola voluntad de una de las partes: hace falta un acuerdo con la entidad. Según el Banco de España, es frecuente que el contrato dé a ambas partes la facultad de cancelar anticipadamente. Si hay varios titulares, la orden de cancelación tienen que darla todos.
La entidad cobra la penalización o comisión que prevea el contrato, y esta no puede exceder el total de intereses brutos devengados desde el inicio de la imposición hasta la fecha de cancelación. Con ese tope, la penalización puede llevarse todos los intereses, pero no el capital. Cómo calcularla y qué alternativas hay se explica en cancelar un depósito antes de tiempo.
Garantía del Fondo de Garantía de Depósitos
El FGD cubre, en general, los depósitos en los que se garantiza la devolución del 100 % del capital. Entre ellos cita expresamente los depósitos a plazo fijo y las imposiciones a plazo. Los estructurados quedan cubiertos solo si se garantiza la devolución íntegra del capital a vencimiento.
El FGD garantiza, en general, hasta 100.000 € por titular y entidad. En una cuenta con varios titulares, el importe se reparte entre ellos según el contrato y, si no dice nada, a partes iguales. Lo que exceda de 100.000 € no lo cubre el FGD. En un concurso, la parte de los depósitos de personas físicas y pymes que supera el nivel garantizado tiene privilegio general (disposición adicional decimocuarta de la Ley 11/2015), lo que no equivale a una garantía de cobro. Para depósitos en sucursales en España de bancos de otros países de la UE, el fondo competente es el del país del banco, aunque el FGD tramita los pagos. El detalle está en la guía cómo funciona el Fondo de Garantía de Depósitos y la definición, en Fondo de Garantía de Depósitos.
Fiscalidad básica
Datos del ejercicio 2025 (Renta 2025) y de la retención 2026.
Los intereses de un plazo fijo son rendimientos del capital mobiliario por la cesión a terceros de capitales propios. Tres reglas de la Agencia Tributaria:
- Se integran en la declaración por su importe íntegro, sin descontar la retención practicada.
- Se imputan al ejercicio en que son exigibles para quien los cobra, con independencia de cuándo se cobren.
- La retención sobre intereses de cuentas y depósitos es, con carácter general, del 19 % en el cuadro de tipos de 2026 de la Agencia Tributaria (versión aplicable desde el 10/09/2026). Es un pago a cuenta del IRPF, no el impuesto final.
Los intereses tributan en la base del ahorro, con la escala de los artículos 66 y 76 de la Ley 35/2006 del IRPF (del 19 % al 30 % según el tramo, en 2025 y 2026). Conceptos relacionados: retención a cuenta y base imponible del ahorro. Un análisis más completo está en cómo tributan los intereses de depósitos y cuentas en 2026.
Ejemplo numérico
Escenario hipotético, no previsión ni oferta real. Capital de 10.000 € a 12 meses, TIN del 2,00 %, intereses abonados al vencimiento, sin comisiones y con retención del 19 %.
Concepto | Importe |
|---|---|
Intereses brutos (10.000 × 2,00 %) | 200,00 € |
Retención del 19 % | 38,00 € |
Intereses netos de retención | 162,00 € |
Total recibido al vencimiento | 10.162,00 € |
TAE (pago al vencimiento, 12 meses) | 2,00 % |
Si los mismos intereses se abonaran mensualmente, la TAE pasaría a (1 + 0,02/12)^12 − 1 = 2,02 %, porque lo abonado cada mes se podría reinvertir. En la renta se declararían los 200,00 € brutos y se restarían los 38,00 € retenidos; el impuesto final depende del resto de rendimientos del ahorro de cada contribuyente. El cálculo se puede repetir con otros datos en la calculadora de depósitos.
Dónde seguir
El listado de depósitos reúne ofertas con su TAE, plazo y condiciones. Los datos pueden cambiar y conviene contrastarlos con la información precontractual de la entidad antes de contratar. El criterio de recogida de datos está en metodología.
Calcúlalo
Términos relacionados
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa con mi plazo fijo si mi banco se fusiona con otro?
Tras la fusión queda una sola entidad, y el límite de 100.000 € del FGD se aplica a todo el dinero que se tenga en ella. Hay un aviso previo de al menos un mes y, desde la notificación, tres meses para retirar o transferir los depósitos garantizados sin costes.
¿Si contrato depósitos en dos marcas del mismo banco tengo doble cobertura?
No. La cobertura se aplica a la suma de los depósitos en la entidad de crédito, con todas sus marcas, y la entidad debe informar de que opera con varias.
Fuentes
- Banco de España (Portal del Cliente Bancario): Depósitos a plazo. Consultado el .
- Banco de España (Portal del Cliente Bancario): Depósitos a plazo. Concepto y características. Consultado el .
- Boletín Oficial del Estado: Ley 11/2015, de 18 de junio, de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión (disposición adicional decimocuarta; texto consolidado). Consultado el .
- Banco de España (Portal del Cliente Bancario): Depósitos a plazo. Imposiciones a plazo fijo. Consultado el .
- Banco de España (Portal del Cliente Bancario): Depósitos a plazo. Tipo de interés. Consultado el .
- Banco de España (Portal del Cliente Bancario): Depósitos a plazo. Apertura. Consultado el .
- Banco de España (Portal del Cliente Bancario): Depósitos a plazo. Renovación. Consultado el .
- Banco de España (Portal del Cliente Bancario): Depósitos a plazo. Cancelación. Consultado el .
- Banco de España (Portal del Cliente Bancario): TAE de un depósito o producto de ahorro. Consultado el .
- Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito: Preguntas frecuentes. Consultado el .
- Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito: Depósitos dinerarios garantizados. Consultado el .
- Agencia Tributaria: Manual práctico de Renta 2025. Determinación del rendimiento íntegro (cesión a terceros de capitales propios). Consultado el .
- Agencia Tributaria: Manual práctico de Renta 2025. Imputación temporal de los rendimientos del capital mobiliario. Consultado el .
- Agencia Tributaria: Cuadro de tipos de retención del IRPF 2026 (a partir del 10 de septiembre). Consultado el .
- Boletín Oficial del Estado: Ley 35/2006 del IRPF (arts. 66 y 76, escala del ahorro). Consultado el .